¿Cómo tramitar una posesión efectiva intestada? En pocas palabras te explicaremos cuales son las principales consideraciones que se deben tener en cuenta para hacer los trámites de posesión efectiva intestada.
Una posesión efectiva intestada es aquella que permite de conformidad a la ley, determinar que personas son herederos del fallecido –también denominado causante-. La posesión efectiva se denomina intestada, cuando esta ha sido dejada sin el otorgamiento de un testamento por parte del fallecido, por lo que las reglas de distribución del patrimonio se regirán necesariamente por las normas generales en materia sucesoria.
Para poder entender a qué se refiere esta importante institución, es necesario considerar que hoy la posesión efectiva puede ser tanto una resolución judicial (posesiones efectivas testadas) o a una resolución administrativa (posesiones efectivas intestadas). En la práctica y en Chile, a la fecha las posesiones efectivas intestadas se realizan ante el Servicio de Registro Civil e Identificación mediante un formulario que esta misma institución entrega.
La confección de dicho formulario es de vital importancia para que se pueda disponer -junto a los herederos- de los bienes que ha dejado el causante. Dentro de la información que deberemos considerar para rellenar dicho formulario se encuentran entre otros:
a) Los datos personales del causante; b) La información personal de los herederos; c) Los bienes inmuebles (propiedades) que dejó el causante cómo herencia, incluyendo los inmuebles que se tengan por completo (plena propiedad), nuda propiedad o derechos; d) Sumado a lo anterior, será conveniente hacer la individualización de los bienes muebles por concepto de menaje que dejó el causante; e) Así mismo, se deberán indicar los vehículos motorizados, derechos en sociedades, depósitos Bancarios, acciones y otros bienes. Finalmente, dicho formulario junto con la documentación requerida por el Servicio de Registro Civil e Identificación, deberán entregarse a la oficina de dicha entidad que sea de su comodidad; en este sentido algunas oficinas del Registro Civil reciben previo agendamiento los formularios y documentos, por lo que es recomendable averiguar que Registro Civil atiende sin necesidad de agendamiento, ya que con esto podemos ahorrar considerable tiempo en la realización de los trámites.
Una vez esté aprobado el formulario de solicitud de posesión efectiva por el Servicio de Registro Civil e Identificación, se deberá realizar la declaración y pago de impuesto a las herencias intestadas ante el Servicio de Impuestos Internos, para lo cual nuevamente deberemos tener en consideración la información entregada en el formulario de posesión efectiva del Registro Civil, esto, con particular énfasis en la valorización de los bienes quedados al fallecimiento del causante, así como la calidad en que haya heredado cada uno de los beneficiarios de la herencia (hijo, cónyuge, nieto, sobrino, tío, padre, etc). Concluido este trámite, se podrá proceder a realizar las inscripciones respectivas ante el o los Conservadores de Bienes Raíces respectivos.
Si la posesión efectiva intestada incluye inmuebles, se deberá realizar las inscripciones especiales de herencia ante el Conservador de Bienes Raíces competente, y dependiendo del criterio registral de cada Conservador, además se podrá inscribir la posesión efectiva en cada uno de ellos. En este punto y para efectos de mantener un acabado de registro de las propiedades inscritas, es recomendable que el Conservador de Bienes Raíces tome nota al margen de la posesión efectiva y especial de herencia (esto último según el criterio de cada Conservador) respecto del pago o exención del impuesto a la herencia.
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